TRABAJADORES DE MYPES ACCEDEN A SEGURO DE SALUD SIS |
- Empresarios asumirán pago de S/. 15.00, equivalente al 50% del costo mensual; el otro 50% lo asumirá el Gobierno.
- Empleadores que inscribieron a sus trabajadores y sus familias, pueden efectivizar pago para acceder a seguro.
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| A partir de la fecha, y con un pago de solo S/. 15.00 mensuales, que equivale a un costo de S/. 0.50 diarios, los trabajadores de las Mypes así como los empleadores de éstas y sus familias, contarán con el seguro de salud SIS, como parte de los beneficios que el Gobierno les otorga a través de la nueva Ley Mype. |
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| La afiliación familiar al seguro SIS, al cual accederán, tiene un costo mensual de S/.30, monto que será asumido en un 50%, por el Estado, mientras que el otro 50%, es decir S/.15.00 nuevos soles, será asumido por el conductor de la microempresa, aliviando de esta manera el gasto en salud de las familias pertenecientes a este segmento de la economía nacional. |
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| Acceso al SIS.- |
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| Los conductores de las microempresas, que se encuentran empadronados en el Registro de las Micro y pequeñas Empresas – REMYPE pueden ya efectivizar el pago por el Seguro SIS que recibirán junto a sus empleados y sus familias, y con ello contar con un seguro de salud, como parte de los beneficios que otorga la nueva Ley Mype, siempre que hayan realizado los trámites correspondientes. |
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| En tal sentido, es preciso indicar que el REMYPE ha cumplido con remitir al SIS una primera lista de conductores, trabajadores y derechohabientes de microempresas debidamente registrados, acción que permite que el SIS envíe los primeros correos electrónicos a éstos conductores a fin de que procedan a realizar los pagos respectivos, con lo cual se generarán las primeras afiliaciones de este rubro en los siguientes días. |
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| Según la norma mencionada, el Seguro Integral de Salud estableció un mecanismo operativo para implementar el acceso al seguro de salud de los trabajadores, conductores (dueños y/o representantes) y sus derechohabientes, norma que se encuentra vigente a nivel nacional. |
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| Proceso de inscripción.- |
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| Para lograr la inscripción al SIS, el representante y/o conductor de la Microempresa debe estar registrado en REMYPE, y a su vez, haber consignado en dicho registro los datos personales y la información requerida de él, de sus trabajadores y la de sus familias, que incluye a su cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años e hijos mayores de 18 años con incapacidad para el trabajo. |
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| El SIS, a su vez, recibirá la lista de los inscritos debidamente validada, lo que le permitirá generar el reporte de las cuotas de pago mensual por cada trabajador, y remitir dicho estado a la entidad recaudadora, que en este caso es el Banco de la Nación, procediéndose inmediatamente -después del pago- a dar cobertura de prestaciones de salud en la red pública de centros asistenciales a nivel nacional, según su plan de beneficios. |
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| Asimismo, el SIS asignará al trabajador el Establecimiento de salud donde deberá atenderse, de acuerdo al domicilio declarado en el REMYPE; si el trabajador necesitara realizar un cambio de domicilio, lo hará ante la ODSIS que corresponde a la nueva dirección. |
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| El acceso al aseguramiento de salud a través del SIS, se encuentra vigente desde que el empleador, luego de realizar la inscripción de sus trabajadores, realiza el respectivo pago. |
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| Con esta acción, los trabajadores peruanos podrán gozar de los beneficios de contar con un seguro de salud a través del SIS, un derecho que el Gobierno les reconoce y hoy hace efectivo. |
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| Para más información comunícate a la línea gratuita del MINSA: INFOSALUD 0800-108-28 |
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| ¡AHORA TÚ Y LOS TUYOS ESTARÁN MEJOR PROTEGIDOS! |
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Lima, 16 de Abril de 2010
Nota de Prensa N° 042 -2010-GM-SIS
Para mayores informes llamar al: 4632222 - 4630362 Anexos 2104
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