| 4. El SIS remitirá, vía correo electrónico, a la Microempresa el usuario y la contraseña para el ingreso a su portal a fin de que proceda a la impresión de la(s) cuota(s) pendiente(s) de pago por cada trabajador. |
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| 5. Con los impresos, el Conductor o representante de la Microempresa deberá dirigirse al Banco para abonar el (los) pago(s) correspondiente(s) por el seguro de salud del conductor y/o cada trabajador. |
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| Es importante mencionar que el SIS ha habilitado un correo especial para la comunicación: mypes@sis.gob.pe A través de este correo, se informará de manera automática a los conductores, que deben realizar el pago de S/.15 por cada trabajador de la microempresa en el Banco de la Nación. |
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| Relación conductor - trabajador.- |
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| 1. El conductor debe acercarse a cualquier agencia del Banco de la Nación con el reporte de la pantalla emitido por el SIS; por cada pago realizado, recibirá un voucher por trabajador. |
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| 2. El conductor debe entregar los voucher a cada uno de sus trabajadores. |
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| 3. En caso de requerir atención médica el trabajador o su familiar debe acercarse al establecimiento de salud con su DNI. |
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| Atención de Salud.- |
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| 1. La atención se realizará en los establecimientos de salud con la sola presentación del DNI del asegurado (Art. 04 Decreto Supremo Nº 024-PRODUCE). |
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| 2. El SIS asignará el Establecimiento de Salud donde debe atenderse el asegurado, de acuerdo al domicilio declarado en el REMYPE. |
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| Cobertura de SALUD.- |
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| Se inicia efectuado el pago del aporte respectivo, Tiene cobertura hasta la fecha de vencimiento del mismo. |
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| Para que el conductor o trabajador asegurado al SIS, que cambia de trabajo, pueda mantener la cobertura de salud, debe haber continuidad en el pago de la cuota. |
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| Periodo de Latencia.- |
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| El periodo de latencia que se otorgue se iniciará un (01) día después del vencimiento de la fecha del último pago, hasta por un periodo de tres (3) meses, según corresponda. |
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| El asegurado titular deberá activar la latencia dentro del plazo que le corresponda para el goce de dicho beneficio. |
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| Los periodos de latencia según los pagos realizados son los siguientes: |
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| • 3 a 5 aportaciones continuas: 1 mes de latencia. |
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| • 6 a 8 aportaciones continuas: 2 meses continuos de latencia. |
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| • 9 o más aportaciones continuas: 3 meses continuos de latencia |
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| Para más información comunícate a la línea gratuita del MINSA: INFOSALUD 0800-108-28 |
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| ¡AHORA TÚ Y LOS TUYOS ESTARÁN MEJOR PROTEGIDOS! |
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